Corte prohíbe que personas cobren deudas en redes sociales
Las personas que lo hagan podrán ser obligadas a retractarse.
Si usted es de los que, cansados de cobrar las deudas, opta por recurrir a las redes sociales para dejar en vergüenza a la otra persona haciéndole un cobro público, ahora debe pensarlo dos veces antes, pues la Corte Constitucional determinó mediante un fallo que a través de Facebook no se pueden cobrar las deudas pues esto afecta la intimidad de la persona afectada.
Según el argumento del Tribunal, las redes sociales, al igual que como opera en los medios de comunicación, son espacios abiertos en los que debe operar el correcto ejercicio de la libertad de expresión.
En este caso, hacer un cobro público a través de las redes sociales, se expone a la persona a una violación de su intimidad, de su buen nombre y su honra.
"No conlleva un interés público y hace parte de la intimidad de la demandante", argumentó la Corte en la sentencia.
Las personas que incurran en estos cobras podrán ser obligadas a retractarse públicamente, en condiciones equitativas a como hicieron la primera publicación indebida.